Modificación del art. 5 de la ley de Etica e Idoneidad de la Función Pública

Proyecto de Ley

Modificación del art. 5 de la ley de Ética e Idoneidad de la Función Pública

Propicia una modificación a la ley electoral de la Provincia de Río Negro, con la finalidad de introducir en la misma una serie de supuestos de inhabilidad para candidaturas a cargos electivos, persiguiendo el objetivo de que aquéllas personas condenadas por delitos de corrupción, contra la vida, la integridad sexual, el estado civil y delitos contra la libertad, queden inhabilitadas para ser candidatos/as a cargos públicos electivos.

La inhabilidad que se propone se extiende también a la elección o designación para el ejercicio
de cargos partidarios. 

Hoy la ciudadanía exige representantes no sólo idóneos para el cargo a ocupar, sino también
transparencia en sus actos previos para ser elegibles. Por ello, es necesario profundizar en los requisitos para ser candidato/a de un cargo público o partidario.

Dicho proyecto no fue tratado por esta Cámara durante su presentación anterior y ni siquiera escuchamos una razón que justifique su rechazo o incluso su no tratamiento ni en recinto ni en comisión. Como cualquier iniciativa, pudo tal vez ser perfectible, pero tampoco existieron argumentos en tal sentido.

 

PROYECTO DE LEY

Nº 155/2024

FECHA INGRESO

26-02-2024

ESTADO

EN COMSIÓN

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